Page 351 - GUIA DE INTERVENCION FAMILAR EN LA ESQUIZOFRENIA
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Otro de los elementos centrales del empoderamiento desde la perspectiva de usuarios/as y familiares, señalado
en las recomendaciones y literatura revisada, es la atención a los derechos individuales y consentimiento. Los
resultados de las encuestas, para este elemento, mantienen la misma orientación. Los usuarios/as y familiares
de la Red de CDRPS, desvelan ciertos reparos a que la intervención familiar pueda suponer una vulneración de
estos derechos individuales.

Desde el diseño inicial del PACF, el grupo de autores consideró de forma recurrente, aunque sin tomar una
decisión definitiva al respecto, la posibilidad y conveniencia de elaborar un documento que recogiera el
consentimiento expreso y firmado de los usuarios/as, autorizando la intervención con sus familias. Tras los
resultados obtenidos en las encuestas aplicadas, se incluirá dicho documento como requisito previo para la
realización de la intervención familiar.

Por último, y a modo de propuesta, se ofrece un decálogo de criterios que tal vez contribuya al mejor encuadre
de los elementos de la intervención familiar complementarios con el enfoque de empoderamiento de usuarios/
as. La concreción de cada uno de estos criterios, en los distintos ámbitos y servicios asistenciales va a depender
de distintos factores. Principalmente:

       •	 Las recomendaciones y estrategias señaladas en los diseños nacionales o supranacionales de atención
             a la salud mental.

       •	 La forma en que la intervención familiar es considerada en estas recomendaciones o estrategias
             nacionales o supranacionales.

       •	 El ámbito geográfico en el que se desarrolle la intervención familiar.

       •	 Las diversas características y ritmos de implantación del “enfoque de empoderamiento” de usuarios/
             as en estos distintos ámbitos geográficos.

       •	 La diversa implantación y diseminación de la intervención familiar en cada ámbito asistencial.

La propuesta de criterios para el ámbito asistencial de la Red de CDRPS es la siguiente:

       1.	 Como norma, ofrecer apoyo, colaboración y atención a las familias por su relevancia estratégica y
             consideración de obligación ética.

       2.	 Como norma, solicitar a los usuarios/as su criterio y aprobación, respecto a la realización de esta
             atención a sus familias. Para ello, se solicitará la firma de un documento con su consentimiento
             expreso.

       3.	 Como norma, excluir la atención familiar en sus ambos formatos; unifamiliar y multifamiliar, si el
             usuario/a con un nivel aceptable de estabilidad clínica y de empoderamiento, expresa su total negativa
             y no presta su consentimiento para ello. Para la valoración de dicho “nivel aceptable” de estabilidad
             clínica y empoderamiento, se contempla: observación clínica, información aportada por familiares o
             cuidadores, información aportada por el equipo terapéutico de referencia, y aplicación si fuera preciso,
             de instrumentos estandarizados de evaluación.

       4.	 Como norma, atender al criterio de “nada sobre el usuario/a sin el usuario/a”. En los casos de usuarios/
             as descompensados clínicamente o de usuarios/as muy jóvenes con debut precoz la atención a
             familiares se realizará en cualquier caso y de forma general.

       5.	 Como norma, tratar de que la intervención familiar se acompase y complemente con actuaciones
             dirigidas a favorecer la autonomía y competencia de los usuarios/as en el afrontamiento de su
             enfermedad y en sus actividades cotidianas: fomento de las relaciones y habilidades sociales, abordajes
             psicoeducativos para la prevención de recaídas, fomento del autocuidado y hábitos saludables,
             desenvolvimiento en tareas domésticas, fomento del ocio, participación comunitaria, etc.

       6.	 Como norma, favorecer la participación del usuario/a en el establecimiento y desarrollo de los objetivos
             de su Plan Individualizado de Rehabilitación (PIR) y solicitar su autorización para que la familia también
             pueda participar e implicarse en el PIR. Y si fuera preciso, solicitar también la autorización del usuario/a,
             para mantener e intercambiar información periódica con su familia, sobre la evolución y desarrollo de
             los objetivos del PIR consensuados (cumplimiento, dificultades).

       7.	 Como norma, asegurar alianzas estables y duraderas, de cara al proceso de recuperación del usuario/a
             y al empoderamiento, tanto de usuarios/as como de familiares.

       8.	 Como norma, descartar estrategias, pactos o alianzas no conocidas ni consensuadas por las partes
             implicadas (familias/usuarios) y formuladas exclusivamente en espacios de coordinación profesional.

Guía de intervención familiar en la esquizofrenia  351
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